La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) mantiene en octubre los umbrales que bancos y billeteras virtuales deben reportar sobre los movimientos de sus clientes. Para las personas humanas, el parámetro clave es de 50 millones de pesos mensuales; para las personas jurídicas, de 30 millones. Superar esas cifras no constituye una infracción, pero exige respaldo documental para justificar el origen de los fondos.
El organismo no fija un tope máximo para transferir dinero entre cuentas del mismo titular. La normativa vigente establece un régimen de información, no una prohibición. Por lo tanto, un contribuyente puede mover montos superiores a los umbrales siempre que pueda acreditar la procedencia legal de los recursos ante la entidad financiera o el propio organismo.
¿Cuánto dinero se puede transferir entre cuentas propias sin que se informe a ARCA?
Para las personas humanas, el parámetro vigente para determinadas operaciones bancarias es de 50 millones de pesos mensuales. En el caso de las personas jurídicas, el monto es de 30 millones de pesos mensuales. Estos valores funcionan como umbrales para los regímenes de información, no como límites de operación.
Las entidades financieras deben informar a ARCA las acreditaciones mensuales y los saldos de cuentas cuando alcanzan o superan esos importes. Por eso, una persona puede realizar una transferencia superior a 50 millones entre dos cuentas propias. Superar ese monto no implica por sí mismo una infracción ni genera automáticamente una investigación.
¿Qué pasa con las transferencias entre cuentas propias?
Una transferencia propia es aquella que se realiza entre cuentas que pertenecen al mismo titular. ARCA contempla específicamente este tipo de operación dentro de la información que pueden suministrar las plataformas. Por ejemplo, una persona puede tener 60 millones de pesos ahorrados en una cuenta bancaria y transferirlos a otra cuenta propia. En ese caso, la operación no implica necesariamente un nuevo ingreso: se trata del traslado de fondos que ya estaban a nombre del mismo titular.
Es importante diferenciar entre el movimiento de dinero y el origen de esos fondos. Que una transferencia sea informada no significa que el titular haya cometido una irregularidad. La clave está en la trazabilidad y en la capacidad de demostrar el recorrido del dinero.
¿Cuáles son los montos que deben informar bancos y billeteras virtuales?
Los parámetros vigentes contemplan distintos tipos de operaciones. En las entidades financieras, los principales umbrales son:
- Acreditaciones mensuales: 50 millones de pesos para personas humanas y 30 millones para personas jurídicas.
- Saldos de las cuentas: 50 millones de pesos para personas humanas y 30 millones para personas jurídicas.
- Extracciones mensuales en efectivo: 10 millones de pesos.
- Depósitos a plazo: 100 millones de pesos para personas humanas y 30 millones para personas jurídicas.
- Consumos con tarjetas de débito en el país: 50 millones de pesos mensuales.
En las billeteras virtuales, el régimen establece que se informan los usuarios cuyos ingresos o egresos totales del período y/o cuyo saldo final mensual alcancen o superen los 50 millones de pesos para personas humanas y los 30 millones para personas jurídicas.
¿Qué pasa si transferís más de 50 millones?
Superar el parámetro de 50 millones no significa que ARCA vaya a aplicar una sanción de manera automática. El monto funciona como un umbral para que determinadas operaciones sean informadas por las entidades alcanzadas. Ante una operación de monto elevado, el banco o la billetera puede solicitar documentación para verificar la procedencia de los fondos, de acuerdo con sus propios controles.
Por eso, es conveniente contar con documentación que permita justificar el origen del dinero, como recibos de sueldo, comprobantes de ingresos, facturas, declaraciones juradas, documentación de una venta u otros comprobantes que respalden la operación. También es recomendable conservar los comprobantes de las transferencias, especialmente cuando se trasladan fondos entre distintas cuentas propias, para poder demostrar el recorrido del dinero en caso de que sea necesario.
La transparencia y el orden en las finanzas personales son la mejor garantía frente a cualquier requerimiento del fisco. En un marco de reglas claras y previsibilidad, el contribuyente que actúa con responsabilidad no tiene nada que temer.
