El Gobierno nacional oficializó este 15 de octubre de 2026 los lineamientos que regirán la selección y designación de directores en las empresas públicas, con requisitos estrictos de idoneidad, independencia y transparencia. La Resolución Conjunta 1/2026, firmada por la Sindicatura General de la Nación (SIGEN) y la Agencia de Transformación de Empresas Públicas, fue publicada en el Boletín Oficial.
Según informó Ambito, la norma alcanza a todas las sociedades en las que el Estado es accionista mayoritario y establece que los candidatos deberán acreditar título universitario y al menos cinco años de experiencia comprobable, en el sector público o privado.
Qué establece la Resolución Conjunta 1/2026
La medida lleva las firmas del síndico general de la Nación, Alejandro Fabián Díaz, y del titular de la Agencia de Transformación de Empresas Públicas, Diego Martín Chaher, que funciona en el ámbito del Ministerio de Economía. Los organismos que representan las acciones del Estado en esas sociedades serán los encargados de proponer candidatos, mientras que la Agencia ejercerá el control de idoneidad antes de cada designación.
Las propuestas deberán basarse en criterios objetivos de profesionalismo, integridad e independencia, con evaluación de antecedentes, incompatibilidades y conflictos de interés. La norma aclara que haber sido propuesto por un organismo no implica que el director deba actuar en representación de sus intereses particulares.
Independencia y fin del enchufismo
El punto más duro de la regulación es el requisito de independencia. No serán considerados independientes quienes, al momento de postularse, tengan o hayan tenido una relación laboral o de dependencia con el organismo que ejerce los derechos del Estado en la sociedad. Los organismos deberán además evitar que exista un número excesivo de directores que no reúnan esas condiciones.
Se trata de un corte claro con la lógica del nombramiento político que dominó décadas de gestión estatal, donde los directorios de empresas públicas funcionaron como cajas de recompensas partidarias. El modelo ya tiene eco internacional: el líder del Partido Popular español, Alberto Núñez Feijóo, plantea un esquema similar de requisitos de idoneidad para cortar el enchufismo en los organismos reguladores y las empresas con participación estatal, según informó Vozpópuli.
Buen gobierno corporativo con estándar OCDE
Los fundamentos de la resolución señalan que fijar requisitos previos para la designación de directores es una buena práctica reconocida por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE). El objetivo, según el texto, es que las empresas públicas cuenten con directorios profesionalizados, con la idoneidad suficiente para cumplir sus funciones, y alcancen los estándares de buen gobierno corporativo e integridad que requieren.
Los lineamientos suman como requisitos la objetividad, la diversidad de perfiles dentro del directorio, la capacidad de visión estratégica y el cumplimiento de estándares de ética. Los directores deberán anteponer el interés de la empresa a los intereses personales, sectoriales o de terceros, gestionar los conflictos de interés y abstenerse de usar su cargo, los bienes de la sociedad o la información a la que accedan para obtener beneficios indebidos.
Declaración jurada y control posterior
Al postularse, los candidatos deberán presentar una declaración jurada de conflicto de intereses. En ella deberán afirmar que no están alcanzados por causales de incompatibilidad o inhabilidad para la función pública y que no tienen vínculos con empresas proveedoras del organismo que los propone ni de la empresa pública que integrarían. También se comprometerán a informar por escrito cualquier conflicto de interés que surja después de su designación.
Un Estado que administra menos y cumple mejor
El anexo de la resolución enmarca la medida en la redefinición del rol del Estado Nacional en la economía que el Gobierno impulsa desde diciembre de 2023. La definición es contundente: un Estado más moderno no es el que administra más empresas, sino el que cumple mejor sus funciones esenciales.
En esa línea, la norma recuerda que el DNU 70/2023 ordenó transformar las sociedades y empresas del Estado en sociedades anónimas, para equipararlas a las de capitales privados. La profesionalización de los directorios es la pieza complementaria de esa transformación: si las empresas públicas van a operar bajo reglas privadas, sus administradores deben responder a estándares privados de gestión.
El sentido de fondo es claro. Durante décadas, las empresas públicas fueron feudos de la política, con directorios inflados por cuotas sindicales y partidarias, resultados deficitarios y decisiones tomadas en función del calendario electoral. Exigir idoneidad verificable y independencia real es la condición mínima para que el Estado accionista deje de ser sinónimo de negocio discrecional.
La prueba será la aplicación concreta. La Agencia de Transformación de Empresas Públicas tendrá en sus manos el control previo de cada designación, y la SIGEN la responsabilidad de auditar que el proceso no se convierta en un nuevo formalismo burocrático.
Preguntas frecuentes
¿Qué requisitos deben cumplir los directores de empresas públicas?
Deben acreditar título universitario, al menos cinco años de experiencia comprobable, idoneidad profesional, independencia respecto del organismo que los propone y una declaración jurada de conflictos de interés.
¿Quién controla la idoneidad de los candidatos?
La Agencia de Transformación de Empresas Públicas, que depende del Ministerio de Economía, ejerce el control de idoneidad antes de cada designación.
¿A qué empresas alcanza la norma?
A todas las sociedades en las que el Estado nacional es accionista mayoritario, en el marco de la transformación de las empresas públicas en sociedades anónimas ordenada por el DNU 70/2023.
